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Novedades para consumidores electrointensivos 2023

Se prevé que aumente el número de empresas que pueden acceder a las ayudas para Consumidores Electrointensivos

El Estatuto de los Consumidores Electrointensivos se introdujo a finales del año 2020 con el Real Decreto 1106/2020. El objetivo del estatuto es ayudar aquellas empresas que, por consumir electricidad de una forma intensiva, más de 1 GWh anual, son muy sensibles a los factores locales del precio de la electricidad. Por ende, con el estatuto, se pretende proteger la competitividad de las empresas electrointensivas.

De cara al próximo 2023, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (MITECO) se propone a través de un proyecto de real decreto llevar a cabo una renovación completa de las ventajas y condiciones que rigen a los consumidores electrointensivos.

En este proyecto de real decreto, no solo se plantea la relajación de los requisitos para optar a esta categoría, sino también la introducción de nuevos beneficios y ayudas para las empresas que entran en la misma.

Recientemente se ha publicado un modificación de los estatutos, conozca todos los detalles haciendo clic en el siguiente botón:

Nuevas ventajas y condiciones en el Estatuto de los Consumidores Electrointensivos.

Se relajan los requisitos de entrada

El primer y más importante cambio que se plantea en el proyecto de real decreto es la modificación del requisito que establece que los costes eléctricos de los consumidores electrointensivos deben representar por lo menos el 10 % de su Valor Añadido Bruto (VAB).

Según el proyecto de real decreto, estos solo deberían representar el 5 % de su VAB. Por consiguiente, para el año 2023, tanto para las solicitudes de nueva certificación como para las renovaciones de las certificaciones ya existentes, sería suficiente con tener un coeficiente VAB superior a 0,4 kWh/€ en dos de los tres últimos años.

Además, es importante destacar que este coeficiente tiene un carácter dinámico y que, por tanto, está sujeto a una revisión anual, actualizándose en función del precio medio de la electricidad del año anterior al de la convocatoria. De este modo, puede ocurrir, como de hecho ya sucedió el pasado 7 de abril cuando el coeficiente VAB paso de 1,5 a 0,8 kWh/€, que, dado el elevado precio que está teniendo la electricidad en 2022, el hecho de tener unos costes eléctricos equivalentes al 5 % del VAB dé lugar a una nueva ratio todavía más baja.

De esta forma, dado que actualmente el precio promedio de la electricidad está en torno a los 200 €/MWh, podría suceder que para 2023 el valor de este coeficiente sea de 0,25 kWh/€.

Otra modificación que plantea el proyecto de real decreto es la que afecta al requisito más restrictivo para optar a la certificación. Se trata del requisito que exige que las empresas hayan tenido un consumo superior al 50 % en periodos tarifarios valle P6 en, por lo menos, dos de los tres ejercicios previos a la solicitud.

Según apunta el proyecto de Real Decreto en su cuarta disposición transitoria, este requisito podría desaparecer de forma excepcional para el año 2022, dando respuesta así a las múltiples solicitudes al respecto que muchas empresas han elevado a la administración desde la introducción de la certificación en el año 2020. De esta forma, podrían acceder a las ayudas muchas empresas que hasta ahora no habían podido hacerlo a pesar de cumplir el resto de requisitos.  La última modificación que se plantea en el proyecto de real decreto es la relativa a los códigos CNAE en los que deben operar las empresas certificables. Hasta ahora había una única lista que incluía hasta 62 actividades económicas. Sin embargo, el proyecto de real decreto propone la implantación de las distinciones “Sectores en riesgo significativo” y “Sectores en riesgo” para ampliar el número de sectores hasta los 118.

Aumentan los beneficios para las empresas certificadas como electrointensivas

Entre las múltiples modificaciones que observa el proyecto de real decreto para la tercera convocatoria de ayudas anuales para las empresas certificadas como electrointensivas, destacan la diferenciación de la intensidad de la ayuda en función del nivel de riesgo del sector en que opera la beneficiaria y la introducción de una ayuda adicional para las empresas más electrointensivas.

Con la introducción de la lista “secundaria” de sectores certificables, este proyecto plantea introducir también una diferenciación en la intensidad de las ayudas que pueden recibir las empresas beneficiarias en función de los códigos CNAE en que operan. Si bien el porcentaje del 85 % de los costes subvencionables se mantiene respecto al año anterior para los “Sectores en riesgo significativo”, las empresas que operan bajo los nuevos códigos CNAE del listado “Sectores en riego” podrán optar a una ayuda base del 75 % de los costes subvencionables. Además, esta ayuda podría aumentar hasta el 85 % en el caso de las empresas que acrediten un suministro eléctrico renovable.  

Otra novedad que se prevé para la convocatoria de ayudas del año 2023 es la introducción de una ayuda adicional para aquellos consumidores electrointensivos cuyos cargos de la factura representen más del 0,5 % de su valor añadido bruto en el caso de las empresas “en riesgo significativo” y del 1 % en el caso de las que estén “en riesgo”.

Finalmente, si bien en el proyecto de real decreto de momento no se hace mención a ello, los consumidores electrointensivos esperan de cara al año 2023 la ampliación de la medida de apoyo adicional que se introdujo en el Real Decreto-Ley 6/2022 como consecuencia del conflicto en Ucrania o bien la introducción de otra similar que compense parte de los peajes eléctricos de acceso facturados.

Nuevas obligaciones

Hasta ahora, las obligaciones de las empresas certificadas como electrointensivas incluían:

  • Reportar las previsiones de consumo al sistema.
  • Obtener un sistema de gestión energética ISO 50001
  •  Emitir informes anuales al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Además, en el caso de las grandes empresas se añadían algunas obligaciones exclusivas, como la contratación de un 10 % de su consumo eléctrico mediante instrumentos a plazos y la realización al menos cada 4 años de inversiones para mejorar el desempeño energético.

Con este proyecto de Real Decreto, el MITECO propone la implantación de una nueva obligación. Esta nueva obligación es idéntica a la aplicada en la convocatoria de este año para acceder a las Ayudas de Fuga de Carbono y se plantea como alternativa a las inversiones que anteriormente debían realizar las grandes empresas. Esta nueva obligación exige realizar una de las tres siguientes actuaciones:

  • Llevar a cabo inversiones para mejorar el desempeño energético al menos cada 4 años. Obligación que ya se observaba en las convocatorias anteriores en el caso de las grandes empresas.
  • Invertir el 50 % de las ayudas recibidas en proyectos de reducción de emisiones.
  • Abastecer el 30 % de la electricidad de la instalación mediante fuentes sin emisiones de carbono.

En definitiva, la Certificación de Consumidor Electrointensivo está resultando ser una herramienta muy dinámica, una herramienta que experimenta cambios de forma constante. Cambios, por otra parte, que afectan tanto en los beneficios que aporta como en los requisitos de entrada y obligaciones que implica.

En Ipsom, ofrecemos toda la información actualizada acerca de las herramientas existentes actualmente en el mercado para los consumidores industriales y de servicios con alta intensidad energética.

Si desea más información sobre la lista completa de los CNAEs que aplican a la subvención para los consumidores Electrointensivos, complete el formulario y nos pondremos en contacto con ustedes.

Ficha Técnica de la Ayuda

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