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Modificación del Estatuto de los Consumidores Electrointensivos 2023

Se publican las modificaciones en el Estatuto de los Consumidores Electrointensivos que facilitan el acceso a las ayudas compensatorias para este 2023

En relación a las ayudas para Consumidores Electrointensivos, con el objeto de ayudar a aquellas empresas que, por consumir electricidad de una forma intensiva, son muy sensibles a los factores locales del precio de la electricidad, finalmente se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado una modificación en el Estatuto de Consumidores Electrointensivos, el cual ha relajado algunos de los requisitos de acceso y obligaciones a estas ayudas.

Las principales modificaciones previstas en este real decreto se detallan a continuación:

Requisitos de acceso:

  • Se rebaja el requisito de tener un consumo del 50% en periodos tarifarios valle (P6) en dos de los últimos tres años, pasando a ser el nuevo porcentaje del 46%.
    • Excepcionalmente, no se tendrá en consideración el año 2022, por lo que solo con cumplir con este consumo en el año 2020 o 2021 se cumpliría el requisito.
  • Se rebaja el valor del coeficiente VAB que exigía que los costes de electricidad de las solicitantes representaran el 10% de su Valor Agregado Bruto, pasando a ser el nuevo porcentaje del 5%.
    • Esto implica que para certificarse como Electrointensivas en 2023, las solicitantes deberán tener un coeficiente VAB superior a 0,25 kWh/€ en dos de los últimos tres años (inferior a los 1,5 del 2021 y 0,8 del 2022).
  • Se amplía el número de sectores CNAE subvencionables, pasando de 62 sectores en 2022 a 117 en este 2023 (especificados al final del artículo).
    • Se introduce también una diferenciación de los sectores entre “Riesgo Significativo” y “Riesgo”, que se aplicará en las convocatorias anuales de ayudas directas.

Convocatoria de ayudas anuales compensatorias de cargos:

  • Con la introducción de la diferenciación entre empresas en “Riesgo” y “Riesgo Significativo” por su código CNAE, se modifican las intensidades de ayuda (que hasta ahora eran del 85% para todos los Electrointensivos):
    • Sectores en “Riesgo Significativo” recibirán el 85% de los costes subvencionables.
    • Sectores en “Riesgo” recibirán el 75% de los costes subvencionables.
    • Adicionalmente, las empresas de sectores en “Riesgo” que cumplan unas condiciones específicas (50% de energía con origen renovable o 10% de energía contratada a plazo) podrán optar también al 85% de los costes subvencionables.
  • Se introduce una ayuda adicional a conceder a las empresas “Especialmente Expuestas” (cargos facturados representan el 0,5% de su VAB), que permitiría acceder a ayudas superiores al 85% en caso de que hubiera excedentes en los fondos del programa.
  • Para optar a las ayudas, y adaptando la modificación de la Ley General de Subvenciones, las empresas beneficiarias deberán cumplir con los plazos de pago a proveedores (inferior o igual a 60 días).

Obligaciones:

  • En sustitución de la obligación exclusiva para las grandes empresas de realizar inversiones cada 4 años en mejora de su desempeño energético, se introducen tres alternativas de las que los Electrointensivos obligados deberán seleccionar una:
    • Llevar a cabo inversiones para mejorar el desempeño energético al menos cada 4 años. Obligación que ya se observaba en las convocatorias anteriores en el caso de las grandes empresas.
    • Invertir el 50 % de las ayudas recibidas en proyectos de reducción de emisiones.
    • Abastecer el 30 % de la electricidad de la instalación mediante fuentes sin emisiones de carbono.
  • Si bien en borradores previos de esta modificación se observaba la posibilidad de rebajar el porcentaje de energía que las grandes empresas debían contratar a plazo, pasando de un 10% a un 5, finalmente esta modificación no se ha aplicado, por lo que se mantiene el 10% inicial.
  • Igualmente, en lo referente a la obligación de reportar las previsiones de consumo, se mantiene el porcentaje de precisión del 75%.

Finalmente, y en relación con los descuentos en las facturas eléctricas de los peajes que han recibido los Electrointensivas desde abril de 2022 a raíz del conflicto en Ucrania, por el momento solo está confirmada su continuidad hasta el 30 de junio de 2023. Si bien podría ser que estos descuentos sean prorrogados pasada esta fecha, desde el Ministerio se ha indicado que la crisis energética derivada del conflicto armado “está llegando ya a su fin”, lo que parecería indicar el fin del mecanismo adicional.

Una vez publicada esta modificación, la industria Electrointensiva queda a la espera de la publicación de la convocatoria de ayudas directas para el 2023, la cual está prevista para las próximas semanas.

En ipsom somos expertos en la gestión de ayudas y subvenciones dirigidas a los consumidores industriales y de servicios con alta intensidad energética. Para cualquier consulta estamos a su plena disposición.


Listado completo de CNAEs elegibles:

Ficha Técnica de la Ayuda

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