¿Cuál es el objetivo de la ayuda?
Cofinanciar proyectos de almacenamiento energético que faciliten la integración de energías renovables, contribuyendo a la transición energética.
¿Quiénes pueden solicitar la ayuda?
Personas jurídicas, públicas o privadas con domicilio fiscal en España, incluidas PYMES.
¿Qué tipo de proyecto es elegible?
- Proyectos de almacenamiento de energía independientes «stand alone», conectados a las redes de transporte o distribución de energía eléctrica vinculados o no a consumos eléctricos. La potencia mínima de estos proyectos será de 1 MW.
- Proyectos de almacenamiento mediante bombeo hidroeléctrico (nuevos y sobre infraestructuras existentes). La potencia mínima de estos proyectos será de 1 MW.
- Proyectos de almacenamiento térmico independientes, tanto los de almacenamiento de energía eléctrica para suministro de energía eléctrica, denominados «power to power (P2P)», como los de almacenamiento de energía eléctrica para suministro de energía térmica, denominados «power to heat (P2H)» y los almacenamientos térmicos para generación de energía eléctrica, denominados «heat to power (H2P)».
- Proyectos de almacenamiento hibridado con instalaciones de generación de energía eléctrica con fuentes renovables, existentes o nuevas. Estos proyectos podrán incluir cualquiera de las tecnologías de los apartados anteriores, con las limitaciones de potencia indicadas en a) y b).
¿Qué costes son subvencionables?
- Activos materiales e inmateriales.
- Obra civil e instalaciones.
- Equipos y sistemas auxiliares.
- Transporte y montaje, puesta en marcha, controles de calidad y ensayos.
- Ejecución del proyecto incluyendo estudios y pruebas.
- Dirección de obra.
- Coordinación de Seguridad y Salud de la obra y montaje.
- Costes de gestión de la solicitud y justificación.
- Gasto de informe de auditor.
- Costes de comunicación de cumplimiento de las obligaciones de información y publicidad.
Intensidades de ayuda
Intensidad de ayuda máxima | ||
Más desarrolladas | Aragón | 40% |
Cataluña | 40% | |
Madrid | 40% | |
Navarra | 40% | |
País Vasco | 40% | |
Transición | Asturias | 60% |
Baleares | 60% | |
Canarias | 85% | |
Cantabria | 60% | |
Castilla y León | 60% | |
C. Valenciana | 60% | |
Galicia | 60% | |
La Rioja | 60% | |
Murcia | 60% | |
Menos desarrolladas | Andalucía | 85% |
Castilla – La Mancha | 85% | |
Ceuta | 85% | |
Extremadura | 85% | |
Melilla | 85% |
Plazo de solicitud
25 de mayo de 2025 hasta el 15 de julio de 2025.
¿Qué papel tiene ipsom?
Ipsom te acompaña desde una evaluación inicial para calificar el encaje del proyecto con el instrumento de financiación, gestionar toda la solicitud, asegurándose que se cumplan todos los requisitos y tener un seguimiento continuo del proyecto para presentar la justificación de la subvención.

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