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Registro de huella de carbono obligatorio desde el 12 de junio: qué exige la nueva ley y cómo pueden prepararse las empresas

A partir del 12 de junio de 2025, entra en vigor la obligación legal de calcular, publicar y elaborar un plan de reducción de emisiones. Descubre qué exige el registro de huella de carbono y cómo deben prepararse las empresas para cumplir con la nueva normativa.

El próximo 12 de junio de 2025 entra en vigor el Real Decreto 214/2025, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 18 de marzo y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 12 de abril para el registro de huella de carbono. Esta norma establece, por primera vez en España, la obligatoriedad para determinadas empresas y entidades del sector público de medir, registrar y hacer pública su huella de carbono, así como de elaborar planes de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

La cuenta atrás ha comenzado. A tan solo una semana de su entrada en vigor, miles de organizaciones aún no han iniciado los trámites necesarios para cumplir con la norma. Otras se encuentran a medio camino, sin haber validado sus datos, redactado su plan o habilitado la publicación en su web corporativa. Y muchas más no son conscientes aún de las consecuencias reales de no actuar a tiempo.

Qué exige el Real Decreto 214/2025

El Real Decreto 214/2025 establece la obligación, para ciertas organizaciones, de calcular anualmente su huella de carbono, elaborar un plan de reducción de emisiones y publicar esa información. Esta norma se alinea con la Ley 11/2018 en materia de información no financiera y con las directivas europeas relativas a divulgación de riesgos climáticos. La normativa recoge diversas exigencias:

  1. Cálculo anual de la huella de carbono, como mínimo en los alcances 1 (emisiones directas) y 2 (emisiones indirectas por consumo energético), de acuerdo con metodologías reconocidas (GHG Protocol, ISO 14064, etc.).
  2. Elaboración de un plan de reducción de emisiones, con un horizonte mínimo de cinco años, que incluya medidas concretas y objetivos cuantificables de mejora.
  3. Publicación obligatoria de la huella y del plan en la página web de la empresa, de manera accesible y gratuita, dentro de los seis meses posteriores al cierre del ejercicio económico.

El registro de huella de carbono del MITECO es el instrumento donde las empresas pueden inscribir voluntariamente sus cálculos y planes de reducción. Este registro de huella de carbono se convierte, para las entidades obligadas, en un paso clave para demostrar transparencia. Incluir el registro de huella de carbono en la estrategia de sostenibilidad permite a las empresas diferenciarse en su sector.

El registro de huella de carbono otorga un sello oficial que permite a las empresas comunicar su compromiso climático. Este distintivo es valorado en licitaciones, informes ESG y procesos de financiación verde.

¿A quién afecta?

La norma aplica de manera directa a las siguientes organizaciones:

  • Empresas obligadas a presentar el Estado de Información No Financiera (EINF), conforme a la Ley 11/2018.
  • Empresas que formulan cuentas consolidadas.
  • Sociedades de capital que superen los 500 empleados, o que tengan la consideración de entidades de interés público.
  • Administración General del Estado, organismos autónomos, y entidades del sector público administrativo estatal.

Aunque no estén directamente obligadas, muchas medianas empresas del sector industrial están optando por calcular su huella y publicar planes voluntariamente. Esto les permite ganar ventaja competitiva en licitaciones, acceder a ayudas o responder a exigencias de grandes clientes.

Si tu empresa está en uno de estos grupos y cierra ejercicio a 31 de diciembre (como la gran mayoría), el plazo para cumplir con la publicación de la huella y del plan vence el 30 de junio de 2025. Es decir: 18 días después de la entrada en vigor del decreto.

Cómo calcular la huella de carbono (alcance 1, 2 y 3)

El cálculo de la huella de carbono implica cuantificar las emisiones de gases de efecto invernadero derivadas de la actividad de la empresa. Este cálculo se realiza siguiendo metodologías estandarizadas, siendo el GHG Protocol (Greenhouse Gas Protocol) el marco de referencia más ampliamente utilizado a nivel internacional. El proceso se estructura en tres categorías, denominadas alcances, que agrupan las emisiones según su origen y grado de control por parte de la empresa:

Alcance 1: emisiones directas

Incluye todas las emisiones de GEI que provienen de fuentes que son propiedad de la empresa o están bajo su control directo. Son las más fáciles de identificar y medir, ya que dependen de operaciones internas.

Ejemplos comunes:

  • Combustión de calderas, hornos o motores en instalaciones propias.
  • Emisiones de vehículos de flota corporativa.
  • Fugas de gases refrigerantes o procesos industriales.

Alcance 2: emisiones indirectas por consumo energético

Son las emisiones derivadas de la generación de electricidad, vapor o calor adquirido por la empresa. Aunque la empresa no las genera directamente, sí las provoca por su consumo.

Ejemplos:

  • Electricidad consumida en oficinas, fábricas o tiendas.
  • Energía térmica comprada a un tercero (como redes de calor o vapor).

Alcance 3: otras emisiones indirectas

Es el alcance más complejo y amplio. Incluye todas las emisiones que no son propiedad ni están bajo control directo de la empresa, pero que ocurren a lo largo de su cadena de valor, tanto aguas arriba como aguas abajo.

Ejemplos:

  • Producción y transporte de materias primas.
  • Desplazamientos de empleados (commuting, viajes de negocios).
  • Uso y fin de vida de los productos vendidos.
  • Gestión de residuos generados.
  • Contratación de servicios externos (alquiler, logística, etc.).

Una estrategia más allá del decreto: diseño de un plan de reducción realista

El Real Decreto 214/2025 exige a las empresas no solo calcular su huella de carbono, sino también acompañarla de un plan de reducción de emisiones con un horizonte mínimo de cinco años. Sin embargo, para que este plan tenga sentido —más allá del cumplimiento formal— debe ser realista, aplicable y alineado con la estrategia empresarial.

Estos son los elementos clave para diseñarlo con rigor:

1. Partir de una huella bien calculada
Todo plan debe basarse en un inventario de emisiones trazable, con datos contrastables (facturas energéticas, consumos, flota, etc.). Sin diagnóstico, no hay acción efectiva.

2. Identificar las palancas de reducción prioritarias
Las acciones deben centrarse en los principales focos de emisión de la empresa: consumo eléctrico, procesos térmicos, logística, movilidad, etc. No se trata de hacer una lista genérica, sino de intervenir donde haya más impacto posible.

3. Fijar objetivos cuantificables
Un plan útil establece metas específicas (por ejemplo, -20 % de emisiones en 5 años) y las descompone por áreas o fuentes. Lo ideal es alinearlas con iniciativas reconocidas como el SBTi, aunque no sea obligatorio.

4. Vincular las medidas a un calendario y presupuesto
Las medidas propuestas deben tener plazos estimados, responsables internos y —cuando sea posible— una estimación de inversión. Esto facilita su seguimiento y acceso a posibles ayudas.

5. Documentar la lógica del plan
No basta con proponer acciones: hay que justificar por qué son viables técnica y económicamente. Esto fortalece su credibilidad ante terceros (clientes, financiadores, auditores…).

¿Se puede financiar este proceso?

El cálculo y los planes de reducción, por sí mismos, no están subvencionados directamente, pero pueden formar parte de proyectos financiables. Y es que, aunque en apariencia pueda percibirse como una carga burocrática o un nuevo coste regulatorio, su registro de huella de carbono puede convertirse en una herramienta clave para mejorar la competitividad empresarial:

  • Acceso a ayudas y subvenciones: muchos programas, tanto nacionales como europeos (como el PERTE de descarbonización o el programa LIFE), incluyen el registro de huella de carbono como criterio obligatorio o diferencial.
  • Ventaja competitiva en licitaciones: cada vez más contratos públicos incluyen requisitos ambientales en la fase de adjudicación.
  • Atracción de financiación verde: bancos, fondos de inversión y entidades financieras priorizan empresas con indicadores ambientales sólidos. El cumplimiento con el registro de huella de carbono también facilita el acceso a financiación verde.
  • Mejora reputacional: el compromiso climático es un valor en alza para consumidores, trabajadores e inversores.
  • Reducción de costes: identificar fuentes de emisión permite optimizar consumos energéticos, materiales y transporte.
  • Preparación ante nuevas normativas: anticiparse a futuras exigencias reduce riesgos y evita sanciones.

Un problema visible: la mayoría de empresas aún no están preparadas

La cercanía de la fecha límite, hace evidente una brecha significativa entre grandes empresas y pequeñas y medianas empresas (pymes) en cuanto al grado de preparación para cumplir con la obligación de calcular y publicar su huella de carbono.

Las grandes compañías, especialmente las cotizadas o multinacionales, llevan años reportando información ambiental en el marco de sus informes ESG o Estados de Información No Financiera. Disponen de departamentos específicos de sostenibilidad, herramientas de medición, consultoras de referencia y experiencia en iniciativas como el SBTi o los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

Por el contrario, las pymes —aunque representan más del 95 % del tejido empresarial español— parten de una realidad muy distinta:

  • Recursos humanos y técnicos limitados: muchas no cuentan con personal formado en sostenibilidad o tiempo para implementar nuevas obligaciones regulatorias.
  • Desconocimiento de la normativa: en muchos casos, la información no ha llegado de forma clara o se ha percibido como una exigencia ajena. Muchas pymes aún desconocen que el registro de huella de carbono será clave en su competitividad futura.
  • Dificultad para acceder a servicios especializados: los costes y tiempos de respuesta de proveedores externos pueden suponer una barrera real para una pyme.
  • Falta de cultura de medición ambiental: la sostenibilidad ha sido vista tradicionalmente como un valor añadido, no como un factor estratégico.

El resultado es que, mientras la gran empresa avanza hacia la descarbonización como parte de su posicionamiento, muchas pymes se enfrentan al cumplimiento desde una posición reactiva y con sensación de urgencia.

Además, un número preocupante aún cree que la norma no tendrá consecuencias prácticas. Esta percepción es errónea: el incumplimiento conlleva riesgos tangibles, más allá de las posibles sanciones.

Riesgos del no cumplimiento

Aunque la norma no incluye aún un régimen sancionador específico para el sector privado, el riesgo de no cumplir es alto en varias dimensiones:

Exposición en licitaciones públicas: cada vez más administraciones incluyen requisitos ambientales para poder optar a contratos. No disponer del registro de huella de carbono publicado o del plan actualizado puede suponer exclusión directa de concursos.

Acceso limitado a financiación: la financiación sostenible es ya una realidad. Bancos, fondos y organismos como ICO o CDTI exigen información climática para evaluar riesgos. No cumplir la norma es, de facto, una señal negativa para los financiadores.

Pérdida de contratos con grandes clientes: empresas tractoras en sectores como la automoción, el retail o la alimentación están exigiendo a sus proveedores el reporte de emisiones. No tener el registro de huella de carbono puede traducirse en la pérdida de homologaciones y pedidos.

Reputación afectada: la transparencia climática ya forma parte de la responsabilidad corporativa. En el contexto actual, no actuar puede generar daño reputacional frente a clientes, empleados e inversores.

Actuar con tiempo, cumplir con rigor, avanzar con estrategia con un socio estratégico

El 12 de junio de 2025 será una fecha clave para la sostenibilidad empresarial en España. Por primera vez, medir, planificar y publicar la huella de carbono será obligatorio para miles de organizaciones. Las que no hayan iniciado el proceso deben hacerlo ahora. Las que están en proceso, deben acelerar. Las que ya han cumplido, pueden ir más allá y consolidar su ventaja competitiva.

Este cambio normativo no es solo una exigencia legal, sino también una oportunidad para avanzar en la descarbonización, optimizar procesos y reforzar la posición de la empresa ante clientes, inversores y administraciones. El registro de huella de carbono, realizado con rigor y anticipación, marcará la diferencia.

En ipsom ayudamos a las empresas industriales a integrar esta obligación dentro de una estrategia global de sostenibilidad. Contacte con nosotros y descubra cómo nuestros expertos pueden acompañar a su organización en este nuevo escenario climático.

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