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Ayudas para actuaciones de rehabilitación energética de edificios existentes (PAREER II)

Actualizado (6/03/18) El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital ha ampliado en 78 millones de euros la dotación inicial de 125,6 millones de euros del Programa de Ayudas para la Rehabilitación de Edificios, PAREER II. La solicitud de ayudas a este programa se abrió el pasado día 3 de febrero pero se agotaron los […]

Actualizado (6/03/18)

El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital ha ampliado en 78 millones de euros la dotación inicial de 125,6 millones de euros del Programa de Ayudas para la Rehabilitación de Edificios, PAREER II. La solicitud de ayudas a este programa se abrió el pasado día 3 de febrero pero se agotaron los fondos en sólo una semana.

(15/01/18)

Concesión de ayudas para incentivar y promover la realización de actuaciones de reforma que favorezcan el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética, el aprovechamiento de las energías renovables y la reducción de emisiones de dióxido de carbono en los edificios existentes, con independencia de su uso y de la naturaleza jurídica de sus titulares.

Beneficiarios:

  • Propietarios de edificios existentes destinados a cualquier uso, siempre que tengan personalidad jurídica de naturaleza pública o privada.
  • Comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda de Propiedad Horizontal.
  • Propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
  • Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios que les otorgue facultad expresa para acometer las obras de reforma.
  • Empresas de servicios energéticos que deberán actuar en función de contrato con la propiedad y llevar a cabo las inversiones incluidas en la tipología de proyectos recogidos en las bases reguladoras, debiendo acreditar su actuación como empresa de servicios energéticos y la inversión realizada.

Las actuaciones de objeto de ayuda deben mejorar la calificación total del edificio en, al menos, 1 letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año), con respecto a la calificación energética inicial del edificio. Esta mejora de su calificación energética podrá obtenerse mediante la realización de una tipología de actuación o una combinación de varias:

  • Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
  • Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación.
  • Sustitución de energía convencional por energía solar térmica.
  • Sustitución de energía convencional por energía geotérmica.

 

Costes elegibles: Solo serán objeto de ayuda dentro del Programa, las actuaciones de una o varias de las tipologías descritas y siempre y cuando el coste elegible conjunto sobre el que se solicita ayuda supere los 30.000 €. El coste elegible máximo a considerar por proyecto objeto Ficha resumen. 2ª Convocatoria Ayudas actuaciones de rehabilitación de edificios existentes.

El presupuesto de este programa proviene del Fondo Nacional de Eficiencia Energética, pudiendo ser cofinanciados con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), dentro del Programa Operativo de Crecimiento Sostenible 2014-2020.

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